Trump prorroga el embargo a Cuba en plena ofensiva petrolera: La fecha que marca ahora el bloqueo

Trump firmó la renovación anual de las facultades presidenciales que sostienen el embargo a Cuba, en medio del mayor endurecimiento del cerco petrolero y comercial contra la isla de los últimos años.

Redacción25 de agosto de 2026 · 6 min de lectura
Banderas de Cuba y Estados Unidos junto a un petrolero en un puerto, en referencia a la prórroga del embargo a Cuba firmada por Trump

Vía Registro Federal de Estados Unidos (Federal Register)

Donald Trump firmó, una vez más, la prórroga que sostiene el embargo a Cuba. La decisión llega en un momento en que Washington aprieta al máximo el cerco sobre el combustible y el comercio que llega a la isla, y confirma que la Casa Blanca no tiene intención de aflojar la presión económica sobre el régimen.

No es un giro inesperado. El bloqueo lo impuso John F. Kennedy en 1962, y desde que una reforma de 1977 restringió esas facultades a tiempos de guerra y dejó a Cuba como única excepción, cada presidente estadounidense, sin excepción, ha renovado la prórroga cada año. Trump ya lo hizo en 2025 y ahora repite el gesto por segunda vez en su actual mandato.

La firma llega además unos meses después de que el presidente declarara la emergencia nacional sobre Cuba y amenazara con castigar a cualquier país que venda petróleo a la isla. Ese pulso desemboca ahora en una fecha concreta que fija cuánto tiempo más seguirá corriendo el reloj del bloqueo.

La nueva fecha límite: 14 de septiembre de 2027

La Casa Blanca prorrogó las facultades presidenciales bajo la Ley de Comercio con el Enemigo (Trading with the Enemy Act, TWEA) respecto a Cuba por un año más, hasta el 14 de septiembre de 2027.

La firma corresponde a la Determinación Presidencial 2026-21, fechada el 20 de agosto de 2026 y remitida para su publicación en el Registro Federal.

Esas facultades son la base legal que mantiene en vigor el Reglamento de Control de Activos Cubanos (CACR), el andamiaje que convierte el embargo en restricciones concretas sobre comercio, viajes y transacciones financieras con la isla.

Qué facultades presidenciales quedan prorrogadas

El reglamento que sostiene la prórroga, recogido en el 31 CFR Part 515, prohíbe, salvo autorización expresa del Tesoro, las transferencias de crédito, los pagos bancarios, las transacciones en moneda extranjera y cualquier trato con bienes en los que Cuba o sus nacionales tengan un interés sujeto a jurisdicción estadounidense.

Lo que la prórroga no toca es el paquete de licencias que ya estaba vigente. Siguen permitidos los viajes bajo 12 categorías autorizadas, ciertas remesas familiares, exportaciones específicamente licenciadas, los servicios de telecomunicaciones e internet, y las operaciones humanitarias o de apoyo al pueblo cubano. Lo que sigue sin autorizarse es el turismo libre y el comercio general con la isla.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) administra este entramado, que combina la TWEA con otras normas como la Cuban Democracy Act y la Ley Helms-Burton.

Una renovación anual que ningún presidente ha dejado pasar

La TWEA es una ley de 1917 pensada originalmente para tiempos de guerra. Kennedy la usó para imponer el embargo a Cuba y, desde entonces, es la única aplicación de esa norma que sigue viva: el resto de los países alguna vez sancionados bajo ella salieron de esa lista hace décadas. Una reforma de 1977 devolvió la TWEA a su uso bélico, pero mantuvo a Cuba como excepción y obligó a renovar cada año esas facultades, algo que se hace sin falta desde 1978.

Por eso, cada año, el inquilino de la Casa Blanca de turno debe firmar la prórroga antes de que expire, o las facultades caducan. Nunca lo ha dejado pasar ningún presidente, demócrata o republicano.

Cómo encaja en el cerco petrolero y comercial contra la isla

La prórroga llega en pleno endurecimiento de la presión económica sobre Cuba. El 29 de enero de 2026, Trump firmó la Orden Ejecutiva 14380, que declaró la emergencia nacional respecto al gobierno cubano y abrió la puerta a aranceles adicionales contra los países que vendan petróleo a la isla, de forma directa o indirecta.

Ese mecanismo arancelario nunca llegó a aplicarse. El 20 de febrero de 2026, el Tribunal Supremo de EE. UU. falló en el caso Learning Resources contra Trump que la ley de emergencias económicas (IEEPA) no faculta al presidente para imponer aranceles, y el gravamen diseñado para los proveedores de petróleo a Cuba dejó de tener efecto legal días después.

Washington reforzó entonces la presión por otra vía. El 1 de mayo de 2026, Trump firmó la Orden Ejecutiva 14404, que amplió las sanciones a quienes operen en los sectores energético, de defensa, minería y servicios financieros de la economía cubana, con restricciones de entrada incluidas.

Con ese marco, el Departamento de Estado anunció la sanción a Unión Cuba-Petróleo (CUPET), la petrolera estatal, el 11 de junio de 2026: la medida congela sus bienes sujetos a jurisdicción estadounidense y prohíbe, en general, cualquier trato de ciudadanos de EE. UU. con la empresa, en medio de la crisis energética que atraviesa la isla.

La OFAC volvió a ampliar su lista de sancionados vinculados al régimen cubano el 20 de agosto de 2026, el mismo día en que Trump firmaba la nueva prórroga de la TWEA.

El comercio que sigue permitido, en cifras

El embargo no cierra por completo el intercambio con la isla: lo reduce a lo que el Tesoro licencia caso por caso. Entre enero y junio de 2026, EE. UU. exportó a Cuba bienes por 525,1 millones de dólares e importó apenas 0,5 millones, según los datos oficiales de comercio del Census Bureau.

Concepto

Cifra

Periodo

Fuente

Exportaciones de EE. UU. a Cuba

525,1 millones de dólares

Enero-junio 2026

U.S. Census Bureau

Importaciones de EE. UU. desde Cuba

0,5 millones de dólares

Enero-junio 2026

U.S. Census Bureau

Comercio total de bienes y servicios EE. UU.-Cuba (estimado)

1.500 millones de dólares

2025

USTR

Lo que el embargo permite en la práctica: comercio EE. UU.-Cuba bajo licencia

Para dimensionarlo: la Oficina del Representante Comercial de EE. UU. (USTR) estimó el comercio total de bienes y servicios entre ambos países en 1.500 millones de dólares durante todo 2025. Es la brecha entre lo que el embargo prohíbe en el papel y lo que las licencias permiten en la práctica.

Análisis: la prórroga es el trámite, no la novedad

A nuestro juicio, la renovación en sí no cambia nada de forma inmediata. Firmar la prórroga es, desde 1978, casi un acto administrativo que ningún presidente, ni siquiera los más proclives a la apertura, se ha atrevido a saltarse.

Lo que importa es el contexto en el que llega. Trump ha mostrado disposición a ir más allá del embargo tradicional, con la emergencia nacional, el intento arancelario frenado por los tribunales y ahora las sanciones directas a CUPET: un instrumento más lento que el arancel que buscaba imponer, pero con menos riesgo legal.

Esa presión avanza además a contracorriente de la posición mayoritaria en el escenario internacional. El 29 de octubre de 2025, la Asamblea General de la ONU volvió a votar por 165 votos a favor, 7 en contra y 12 abstenciones a favor de poner fin al embargo, por 33º año consecutivo. Washington la ha ignorado sistemáticamente, y nada indica que esta administración vaya a cambiar ese guion.

La prórroga de la TWEA es, en ese sentido, la base jurídica que sostiene todo lo demás. Sin ella, ninguna de las restricciones sobre comercio y transacciones con Cuba tendría marco legal.

Para seguir de cerca cada giro de la presión de Washington sobre la isla y lo que implica para las familias cubanas dentro y fuera del país, puedes suscribirte a la newsletter de CubaFull.

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