Una petición familiar que llevaba años en trámite puede frenarse de golpe si USCIS no cree que el acta de nacimiento entregada basta para probar el parentesco. Para miles de cubanos en Estados Unidos que esperan traer a un hijo, un hermano o un padre desde la isla, esa duda ya no se resuelve solo con papeles: la agencia migratoria puede pedir una prueba de ADN.
El cambio llega después de que la administración Trump empujara a reforzar la verificación de identidad y parentesco en los trámites migratorios, un giro que ya se sentía en otras áreas de USCIS antes de tocar de lleno las peticiones familiares.
La pregunta que más preocupa en las casas cubanas de Miami, Tampa o Nueva Jersey es sencilla: ¿a quién le toca esto y qué pasa si la familia no puede pagar el laboratorio?
Qué cambió el 5 de agosto en el Manual de Políticas de USCIS
Desde el 5 de agosto de 2026, USCIS incorporó a su Manual de Políticas una guía que instruye a sus oficiales a sugerir una prueba de ADN cuando la evidencia primaria de un parentesco reclamado no está disponible, no es confiable o resulta insuficiente.
La actualización toca varios capítulos del manual, entre ellos las secciones que rigen documentación, evidencia e identidad en solicitudes de beneficios migratorios, y aplica a las solicitudes y peticiones pendientes o presentadas a partir de esa fecha, sin distinción de país de origen.
La prueba sigue sin ser obligatoria por ley: USCIS la plantea como una opción cuando el oficial concluye que necesita más evidencia para decidir el caso.
Quiénes pueden recibir la prueba de ADN
El foco son los trámites de inmigración basados en relaciones familiares. En las peticiones de pariente extranjero (formulario I-130), USCIS distingue siete relaciones familiares donde puede sugerir el ADN si el documento no convence: hijo menor o adulto soltero de un ciudadano, hijo casado de un ciudadano, padre o madre de un ciudadano, hermano de un ciudadano, e hijo menor o adulto soltero de un residente permanente.
Relación familiar reclamada | Estatus del peticionario |
|---|---|
Hijo o hija menor de edad, soltero | Ciudadano de EE. UU. |
Hijo o hija adulto, soltero | Ciudadano de EE. UU. |
Hijo o hija casado | Ciudadano de EE. UU. |
Padre o madre | Ciudadano de EE. UU. mayor de 21 años |
Hermano o hermana | Ciudadano de EE. UU. mayor de 21 años |
Hijo o hija menor de edad, soltero | Residente permanente legal |
Hijo o hija adulto, soltero | Residente permanente legal |
Relaciones familiares del formulario I-130 donde USCIS puede sugerir una prueba de ADN si el documento presentado no basta
El mismo criterio se extiende a otros trámites donde el vínculo biológico decide el resultado: peticiones de familiares derivados de un asilado o refugiado (I-730), adopciones internacionales (I-600 e I-800) y solicitudes de certificado de ciudadanía para un hijo nacido fuera de Estados Unidos (N-600 y N-600K).
No es un requisito automático para todos los solicitantes. USCIS ya venía endureciendo el criterio con el que revisa estos expedientes, y esta guía se suma a esa línea: exige más al solicitante para demostrar que el vínculo es real antes de aprobar el beneficio.
Cómo funciona la prueba de ADN
Si el oficial sugiere la prueba y la familia se niega, la petición queda sin la evidencia que se pidió para cerrar el caso, lo que aumenta el riesgo de un rechazo por falta de prueba suficiente. Así lo explican firmas de abogados de inmigración que ya analizan la actualización, entre ellas Fragomen.
El costo y el trámite de la prueba corren por cuenta del solicitante, que debe hacerla en un laboratorio acreditado por la AABB, la entidad que certifica a los centros autorizados para este tipo de análisis genético en trámites migratorios.
Cuando el familiar reclamado vive fuera de Estados Unidos, por ejemplo en Cuba, el mismo criterio opcional aplica en las embajadas y consulados: el Manual de Asuntos Exteriores del Departamento de Estado instruye a sus oficiales a sugerir, no exigir, la prueba cuando la documentación no baste.
La regla más amplia que Washington prepara para diciembre
La guía del 5 de agosto no es el único movimiento en marcha. El 3 de noviembre de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó en el Registro Federal una propuesta para ampliar de forma permanente la recolección de datos biométricos de USCIS, incluida la huella palmar, el reconocimiento facial, el iris, la voz y el ADN.
Esa propuesta iría más lejos que la guía ya vigente: permitiría a DHS exigir, no solo sugerir, una muestra de ADN sin procesar o un resultado de prueba genética para probar o refutar un parentesco o el sexo biológico, a cualquier persona vinculada a una solicitud migratoria, sin límite de edad.
El período de comentarios públicos cerró el 2 de enero de 2026 con oposición de organizaciones como AILA y EPIC por motivos de privacidad y carga excesiva sobre los solicitantes, y la agenda regulatoria del gobierno prevé una acción final para diciembre de 2026.
DHS calculó, en su propio análisis de impacto, que el gasto anual de las familias en estas pruebas podría ir de 11,43 millones a 102,86 millones de dólares, dependiendo de cuántas personas terminen sometiéndose a ellas.
Análisis: por qué pega más fuerte en las familias cubanas
A nuestro juicio, esta guía no golpea a todos los solicitantes por igual. Las familias cubanas parten con una desventaja de origen: el registro civil de la isla arrastra hace años señalamientos de irregularidades, y USCIS ya suele mirar con lupa actas de nacimiento y matrimonio emitidas en Cuba en peticiones familiares.
Eso significa que, en la práctica, un padre o un hermano cubano que llega con un acta cuestionada tiene más papeletas de terminar en la casilla donde el oficial sugiere el ADN que un solicitante de un país donde el registro civil no genera dudas.
La escala del problema no es menor: la población de origen cubano en Estados Unidos llegó a 2,935 millones de personas en 2024, según Pew Research Center, de las cuales cerca de 1,67 millones nacieron en Cuba. Para buena parte de esa comunidad, la petición familiar es la única vía legal que tienen para reunirse con los suyos.
El resultado es un trámite más caro y más lento justo para las familias que ya esperan años por una reunificación.
En CubaFull seguimos de cerca cada cambio de USCIS que toca a las familias cubanas: suscríbete a nuestro boletín para recibir la próxima actualización de este trámite en cuanto ocurra.
Lo que aún no está claro
USCIS no ha publicado un listado cerrado de qué documentos considera no confiables por país de emisión, ni un plazo fijo para completar la prueba una vez sugerida.
Tampoco se ha precisado si los casos ya aprobados antes del 5 de agosto podrían reabrirse bajo el nuevo criterio, ni qué forma final tomará en diciembre la propuesta más amplia que DHS tiene sobre la mesa.




