En varios tribunales de inmigración de Estados Unidos ya no es raro que un solo juez despache en una misma mañana el caso de más de un centenar de personas. Es la megaaudiencia migratoria, la fórmula con la que la administración de Donald Trump multiplica la velocidad con la que se resuelven los casos de deportación.
El objetivo declarado del Departamento de Justicia es aliviar cuanto antes el atasco de expedientes acumulado durante años en las cortes migratorias. Para quien tiene un proceso abierto, la consecuencia es menos tiempo para prepararse, salas abarrotadas y jueces con la orden de resolver cientos de casos al año.
Detrás de la etiqueta hay un procedimiento judicial concreto, con plazos y formularios que un cubano con caso pendiente puede y debe conocer antes de que le toque el turno.
Qué es una megaaudiencia y qué puede decidir el juez en ella
La megaaudiencia no es una figura formal del sistema migratorio: es la etiqueta con la que se conocen las audiencias de calendario maestro (master calendar hearing) masificadas, el primer trámite formal de un caso de deportación. La diferencia está en el volumen: antes reunían dos o tres docenas de casos y ahora agrupan a más de un centenar de personas en una sola sesión ante el mismo juez.
En esa vista, según el Manual de Práctica de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), el juez puede explicarle sus derechos al inmigrante, leerle los cargos de la Notice to Appear, tomar su respuesta a esos cargos, fijar plazos, programar la audiencia individual donde se decide el caso y advertir de las consecuencias de no presentarse.
La ley exige que pasen al menos 10 días entre la notificación de la Notice to Appear y esa primera audiencia, salvo que el propio inmigrante renuncie a ese plazo con un formulario de audiencia rápida, según el mismo manual.
Cuántas se están celebrando y dónde
En junio de 2026 se celebraron más de 1.300 megaaudiencias en todo el país, casi el triple que en junio del año anterior, según reportó la agencia AP. Muchos de los casos corresponden a personas cuya audiencia original estaba fijada para 2027, 2028 o incluso 2029.
El formato se ha extendido por cortes de Chicago, Boston y Chelmsford, en Massachusetts. Está previsto que llegue pronto a Dallas.
En cortes de Texas y Utah ya hay ejemplos concretos. Una corte en Harlingen listó unos 90 casos en un solo día, mientras que otra en West Valley City, cerca de Salt Lake City, llegó a 159, según la misma agencia.
En Los Ángeles, una de las cortes con mayor presencia cubana y latinoamericana, el Los Angeles Times documentó filas largas y confusión en las salas desde julio de 2026.
Qué pasa si no te presentas o llegas tarde
La decisión más determinante de una megaaudiencia no siempre pasa por discutir el fondo del caso. Quien no comparece o llega tarde puede recibir una orden de remoción en ausencia (in absentia), sin necesidad de otra vista de fondo.
Esa orden habilita a los agentes de inmigración a detener y deportar a la persona de inmediato. cubafull ya recogió el caso de una cubana detenida por ICE en Texas tras un tropiezo similar en su proceso.
Vanessa Dojaquez-Torres, de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA), lo resumió así: «es casi como si estuvieran diseñadas para aumentar» las órdenes de este tipo.
Revertir una orden dictada en ausencia no es automático. El manual de EOIR exige presentar una moción de reapertura ante la corte.
Hay que probar circunstancias excepcionales, falta de un aviso adecuado, o que la persona estaba bajo custodia federal o estatal sin culpa propia.
Si el motivo son circunstancias excepcionales, el plazo es de 180 días. Si es falta de aviso o custodia, la moción puede presentarse en cualquier momento, según el mismo manual.
Más audiencias, más deportaciones: los números detrás del cambio
El resultado ya se nota en las estadísticas. Las órdenes de deportación pasaron de unas 33.000 en enero de 2025 a cerca de 79.000 en junio de 2026, según la agencia AP.
Solo en junio de 2026, las cortes migratorias cerraron 100.773 casos, de los cuales el 78,3% terminó en orden de remoción, según datos de TRAC, el centro de estadísticas judiciales de la Universidad de Syracuse. Más de dos tercios de esas personas, el 68%, no estaba presente en la audiencia donde se dictó su orden.
Entre los cubanos, las órdenes de remoción pasaron de 1.560 en marzo de 2026 a 1.642 en junio, un alza del 5%, muy por debajo del 30% de aumento nacional en el mismo periodo, según el mismo informe de TRAC. La cifra no libra de riesgo a nadie con proceso abierto, pero sitúa el impacto sobre los cubanos por debajo del promedio del sistema.
Desde comienzos de 2025, la tasa de personas que no se presentan a su cita se ha duplicado, del 20% al 40%. El tiempo medio para prepararse con un abogado bajó de unos seis meses a poco más de un mes.
La administración Trump aspira a deportar a 1 millón de personas al año, frente a las 600.000 de 2025.
Análisis: el sistema empuja hacia la orden en ausencia, no hacia el juicio
A nuestro juicio, el diseño de las megaaudiencias no es un simple ajuste de agenda. Juntar a cientos de personas en una sola sesión, recortar el aviso previo y exigir a los jueces que despachen cientos de casos al año son piezas de un mismo mecanismo.
Ese mecanismo convierte la ausencia, por error de dirección, por falta de aviso a tiempo o por no encontrar abogado, en la vía más rápida hacia la deportación. Bartlomiej Skorupa, de la organización Mobile Pathways, lo planteó en términos parecidos: «la combinación de plazos colapsados y audiencias abarrotadas es una agenda diseñada para que los casos no se lleguen a escuchar».
The Guardian documentó casos de personas deportadas en estas audiencias masivas, algunas sin un aviso claro de la cita. Ese desequilibrio golpea con más fuerza a quien no domina bien el inglés o desconoce los plazos, justo el perfil de buena parte del cubano recién llegado a Estados Unidos.
Qué debe hacer un cubano con un caso migratorio pendiente
Lo primero es no fiarse del último aviso en papel que se tenga guardado. El sistema oficial de consulta de casos de EOIR permite comprobar por internet o por teléfono la fecha de la próxima audiencia con el número de expediente.
El propio EOIR aclara que el documento oficial de la corte, no la consulta automatizada, es la referencia definitiva sobre el estado del caso.
También hay que mantener actualizada la dirección postal ante la corte. La ley exige notificar cualquier cambio dentro de los cinco días laborables posteriores a la mudanza, con el formulario EOIR-33/IC.
Cambiar la dirección ante USCIS o ICE no sustituye este trámite: la corte solo actualiza sus registros con ese formulario específico.
Si hay un caso abierto sin abogado, buscar representación cuanto antes es la variable que más pesa.
El propio EOIR advierte de que el inmigrante tiene derecho a un abogado, aunque no pagado por el Gobierno, y de que los llamados notarios o consultores sin licencia no pueden representar a nadie ante la corte.
Conviene comprobar que el abogado esté habilitado para ejercer antes de confiarle el expediente.
Si la fecha de la audiencia cambió de golpe, un abogado puede pedir que se posponga alegando falta de tiempo para preparar el caso o la necesidad de un intérprete.
Para quien aspira a la Ley de Ajuste Cubano, vale la pena recordar que ese ajuste es discrecional.
Una orden de remoción o un expediente descuidado puede complicar la estrategia, aunque cada caso depende de sus propios hechos, según el Manual de Políticas de USCIS.
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