Cuba consulta la ley biométrica que daría al Minint el control de tu rostro y tu voz: esto es lo que no garantiza

La Asamblea Nacional cubana abrió a consulta pública un proyecto que traslada al Minint el control del rostro, la voz, el iris y la identidad digital de cada cubano, dentro y fuera de la isla, con aprobación prevista para el 29 de julio.

Redacción12 de julio de 2026 · 7 min de lectura
Carné de identidad cubano frente a un escáner biométrico, la ley que da el control de datos biométricos al Minint en Cuba

Vía Parlamento cubano (proyecto de ley)

La Asamblea Nacional de Cuba puso esta semana en consulta pública un proyecto de ley biométrica que cambia de raíz cómo el Estado identifica y registra a cada ciudadano. El texto, publicado el 10 de julio bajo el nombre «Del Sistema de Identidad Personal y Domicilio», traslada el control de esos datos a una sola institución: el Ministerio del Interior (Minint).

No es un ministerio cualquiera. El Minint dirige la Seguridad del Estado, la Policía Nacional Revolucionaria y los órganos que históricamente han vigilado a opositores, activistas y cubanos con familia en el exterior. Que sea esa estructura la que administre por ley un registro único de identidad preocupa tanto a la disidencia dentro de la isla como a los cubanos que viven fuera de ella.

El proyecto detalla, por primera vez en la legislación cubana, qué información física y digital entrará en ese registro, bajo qué mando quedará y hasta dónde llega su alcance, que incluye a las representaciones consulares cubanas en el exterior. También deja varias preguntas sin responder sobre los límites de su uso.

Qué datos recogería el nuevo registro: del rostro a la firma digital

El registro nacional ampliaría lo que hoy recoge el carné de identidad cubano (fotografía y huellas dactilares) para sumar el rostro, la firma, la voz, el iris, el color de la piel, el color de los ojos y la estatura de cada persona, según el artículo 61.1 del proyecto.

La Asamblea Nacional publicó el texto completo del proyecto el 10 de julio, junto a un correo habilitado para recibir opiniones de la población: [email protected].

Según reflejó la prensa oficial cubana al divulgar el texto, la aprobación está prevista para la sesión ordinaria del Parlamento del 29 de julio.

Un número de identidad único para toda la vida

El carné resultante llevaría número de identidad permanente, nombres y apellidos, nombres de los padres, sexo, fecha de vencimiento, foto digital, firma manuscrita digitalizada, domicilio, zona de lectura mecánica y medidas de seguridad, según el artículo 42.1 del texto.

Ese número permanente se convertiría, según el artículo 43.1, en el identificador único de cada cubano y de cada extranjero residente en todos los registros públicos del país y en cualquier acto que exija acreditar identidad. Un solo número que conecta con cada trámite, cada base de datos y cada gestión oficial en la isla.

Dato o función

Qué dice el proyecto

Riesgo o garantía pendiente

Identidad física

Rostro, huellas dactilares, firma, voz, iris, color de piel, color de ojos y estatura (art. 61.1)

No se precisan plazos de conservación ni control independiente sobre el acceso a estos datos

Documento de identidad

Número de identidad permanente, foto digital, firma digitalizada, domicilio y zona de lectura mecánica (arts. 42.1 y 43.1)

Un solo número conecta cada trámite y cada base de datos oficial del país

Identidad digital

Representación electrónica certificada en exclusiva por el Minint, a través de un proveedor único (arts. 49 a 52)

No existe otro proveedor al que recurrir; los requisitos de seguridad quedan en un Reglamento aún no publicado

Alcance del sistema

Cubanos, extranjeros residentes, empresas, mipymes, cooperativas y representaciones consulares en el exterior (art. 6)

Los trámites de los cubanos emigrados en consulados quedarían bajo el mismo sistema

Sanciones

Multas y suspensión o revocación de la certificación de identidad digital (arts. 64 a 69)

Montos, procedimiento y autoridades facultadas quedan remitidos al futuro Reglamento

Los datos, la administración y las garantías pendientes del nuevo Sistema de Identidad Personal y Domicilio, según el proyecto de ley.

Quién administra el sistema: la mano del Minint

El texto entrega la dirección del registro a la Dirección de Identificación, Migración, Extranjería y Ciudadanía, la oficina del Minint que ya expide el carné de identidad, el pasaporte y controla los movimientos migratorios de los cubanos. El artículo 3 del proyecto le asigna dirigir, ejecutar y controlar los procedimientos registrales, digitales y biométricos del sistema.

Con la nueva ley, esa misma dirección pasaría a administrar también el rostro, la voz y el resto de los rasgos biométricos de cada ciudadano y de cada extranjero residente en la isla.

El Minint no llega a esta tarea desde cero: la aplicación MiIdentidad, ya en uso, confirma la identidad de una persona comparando su rostro en vivo con la foto del carné, un antecedente que la nueva ley formalizaría y ampliaría a escala nacional. El registro central quedaría radicado en La Habana, con competencia sobre todo el país.

Identidad digital: un solo proveedor para todos los trámites del Estado

El proyecto introduce en la legislación cubana el concepto de identidad digital, definida como la representación electrónica y verificable de la identidad física de cada persona. Según los artículos 49 a 52, el Minint sería quien provea y certifique esa identidad digital, y lo haría a través de un proveedor único para todo el país.

En la práctica, significa que el mismo organismo que hoy controla quién entra y sale de Cuba tendría, además, la llave digital que identifica a cada ciudadano frente al Estado en cualquier trámite en línea, sin que exista otro proveedor alternativo al que recurrir.

El servicio se prestaría de forma automatizada, por vía electrónica. Los requisitos de seguridad informática para acceder a él quedan remitidos, según el artículo 25, al Reglamento de la ley, un texto que todavía no se ha publicado.

A quién alcanza: desde las mipymes hasta los consulados cubanos en el exterior

El artículo 6 del proyecto extiende el sistema mucho más allá del ciudadano individual. Además de los cubanos residentes en la isla y los extranjeros que viven en ella, el registro alcanzaría a órganos del Estado, empresas estatales y privadas, mipymes, cooperativas, organizaciones políticas, de masas y sociales, y a las representaciones diplomáticas y consulares de Cuba en el exterior.

Para un cubano que vive en Miami o en Madrid, esto importa porque cualquier trámite que haga en un consulado cubano (renovar el pasaporte, tramitar una herencia, un poder notarial) pasaría por el mismo sistema de identidad que administra el Minint dentro de la isla.

Quién debe avisar si alguien cambia de domicilio

El proyecto también obliga a quienes administran o son propietarios de una vivienda a informar a las autoridades cuando una persona empieza o deja de residir en ella, de acuerdo con el texto divulgado por la Asamblea Nacional. La actualización del domicilio deja de depender solo del propio ciudadano.

Qué garantías deja sin definir el proyecto

El texto publicado no incluye, hasta donde ha trascendido, un capítulo específico sobre protección de datos personales, plazos de conservación de la información biométrica ni mecanismos independientes de control sobre quién accede al registro y para qué.

Tampoco precisa qué ocurre con los datos de un cubano que emigra, ni si la identidad digital puede usarse para condicionar trámites, como el pasaporte o la salida del país, a alguien identificado como opositor.

Las sanciones por incumplir con el sistema sí aparecen esbozadas: los artículos 64 a 69 prevén multas y la suspensión o revocación de la certificación de identidad digital, pero dejan el monto de las multas, el procedimiento y las autoridades facultadas para aplicarlas en manos del futuro Reglamento de la ley, que aún no se ha hecho público.

Son las preguntas que la consulta pública, abierta hasta la sesión del 29 de julio, no ha respondido todavía.

Análisis: una base de datos sin contrapesos

A nuestro juicio, el problema de esta ley no está solo en los datos que pide, sino en quién los administra y sin qué límites. Concentrar rostro, voz e iris, además de un proveedor único de identidad digital, en manos del mismo aparato que ya vigila a activistas no es un salto técnico menor.

Es una herramienta de control que en cualquier democracia exigiría una autoridad independiente de protección de datos, algo que Cuba no tiene.

El historial reciente da motivos para la cautela. Freedom House calificó a Cuba como un país "no libre" en internet, con apenas 21 puntos sobre 100, y documentó censura estatal, bloqueo de sitios independientes, cárcel para usuarios por lo que publican en línea y vigilancia de la actividad digital de los cubanos.

Human Rights Watch documentó que Cubalex registró al menos 203 detenciones arbitrarias entre enero y junio de 2025, y que Prisoners Defenders contabilizaba cerca de 700 presos políticos hasta octubre del año pasado, la cifra que resume el drama de los presos políticos en Cuba.

En ese contexto, entregar al Minint el control único del rostro, la voz y la identidad digital de cada cubano no es un trámite administrativo: es ampliar el margen de un aparato que ya usa la vigilancia como herramienta de represión.

Quien quiera seguir de cerca cómo avanza este proyecto antes del 29 de julio puede suscribirse a la newsletter de CubaFull, que resume cada semana los cambios legales que tocan a la isla y a los cubanos fuera de ella.

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