Una jueza federal de Miami rechazó este jueves la petición del Gobierno de Estados Unidos para cerrar la demanda que busca convertir el I-220A en la vía hacia la residencia permanente de cientos de miles de cubanos.
La decisión llega en uno de los litigios migratorios más seguidos por la comunidad cubana en el sur de Florida, donde miles de familias esperan una salida legal después de haber sido liberadas bajo ese formulario, sin parole y sin una vía clara hacia la green card.
La jueza mantuvo vivo el caso al negarse a desestimarlo, pero el fallo no equivale todavía a una regularización automática: la pelea legal que de verdad decidiría si el beneficio alcanza a todos los cubanos con I-220A, o solo a los que ya demandaron, sigue abierta.
Qué resolvió la jueza Becerra
La jueza Jacqueline Becerra, del Distrito Sur de Florida, negó el 10 de septiembre la moción del Gobierno para desestimar la demanda presentada por 992 cubanos con I-220A, registrada bajo el número de caso 1:25-cv-23665 y presentada el 14 de agosto de 2025.
El documento en disputa, el formulario I-220A, se llama oficialmente Order of Release on Recognizance (orden de liberación bajo palabra) y lo emite el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) al liberar a un migrante sin admitirlo formalmente en el país. La demanda sostiene que esa liberación debería equipararse en la práctica a un parole humanitario, lo que abriría la puerta a pedir el ajuste de estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano.
Con el rechazo de la moción de desestimo, la jueza determinó que el tribunal tiene jurisdicción para examinar el fondo del caso, según recogió la agencia EFE tras la audiencia. El Gobierno ya no puede cerrar el litigio por la vía procesal; ahora deberá defender su postura sobre el fondo del asunto.
Qué sigue: la pelea por la acción colectiva
La jueza no resolvió, en esa misma audiencia, si el caso se convierte en una acción colectiva nacional, el paso que determinaría si un eventual fallo favorable alcanza solo a los 992 demandantes originales o a todos los cubanos que recibieron un I-220A en circunstancias similares. Esa certificación quedó pendiente para una fase posterior del litigio.
Lo único con plazo fijado por ahora es la propia moción rechazada: la jueza dio al Gobierno siete días para modificarla antes de que el litigio avance a la siguiente fase.
Si la acción colectiva prospera, el fallo podría proyectarse sobre un universo mucho mayor. Un análisis de Associated Press, basado en datos difundidos por organizaciones humanitarias, sitúa en más de medio millón los cubanos liberados con I-220A que hoy dependen de este tipo de litigios para resolver su estatus.
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La clave legal: por qué el I-220A choca con la Ley de Ajuste Cubano
El punto que decide todo el litigio no es si los demandantes son cubanos ni cuánto tiempo llevan en el país, sino si la forma en que fueron liberados puede contar como parole a efectos legales. La Ley de Ajuste Cubano exige que el solicitante haya sido inspeccionado y admitido o puesto en libertad condicional después del 1 de enero de 1959, entre otros requisitos.
Ahí es donde el I-220A tropieza. La Junta de Apelaciones de Inmigración ya resolvió en el caso Cabrera-Fernandez, en 2023, que la liberación condicional que reciben quienes cruzan la frontera es jurídicamente distinta del parole humanitario, y que esa primera figura no basta para cumplir el requisito de la Ley de Ajuste Cubano.
USCIS aplica la misma distinción en su manual de políticas: el parole es una decisión discrecional y temporal; la liberación de custodia, no.
Es precisamente esa distinción la que la demanda de los 992 cubanos busca revertir, al sostener que su liberación debió tratarse como parole humanitario desde el principio.
Por qué el I-220A no es sinónimo de residencia, todavía
Nada de esto cambia, por ahora, el estatus migratorio de un cubano con I-220A. El documento sigue sin ser parole a ojos de las autoridades, y no habilita por sí solo para pedir el ajuste bajo la Ley de Ajuste Cubano mientras el litigio no lo resuelva.
Esa zona gris ya generó advertencias sobre notarios y gestores que ofrecen regularizar el trámite a cambio de dinero, sin que exista todavía ninguna vía legal garantizada.
Y ha dejado casos como el de una cubana detenida por ICE en Texas pese a tener el I-220A en regla, prueba de que el documento no protege por sí solo de una posible detención mientras la demanda avanza.
Análisis: una victoria procesal, no una sentencia
A nuestro juicio, lo relevante de este fallo no es lo que resuelve, sino lo que evita: el Gobierno no logró cerrar la puerta antes de que una jueza examinara el fondo del argumento central, que el I-220A equivale en la práctica a una liberación bajo palabra. Eso mantiene con vida una vía judicial que, de prosperar la certificación de clase, ofrecería la primera salida uniforme a una población que hoy depende del criterio de cada oficial de inmigración.
El precedente de Cabrera-Fernandez explica por qué el Gobierno confía en su postura de fondo: la Junta de Apelaciones ya falló en su favor en un caso similar.
La cautela sigue siendo la lectura correcta. Los litigios migratorios de este tipo se miden en meses, y la certificación de clase, no el rechazo de esta moción, será el verdadero punto de inflexión para los cubanos con I-220A.




