Si ICE detiene a un padre o madre cubana en EE. UU., esto es lo que decide qué pasa con sus hijos

Una detención de ICE puede ocurrir sin aviso. Este es el plan familiar que permite dejar protegidos a los hijos menores antes de que eso pase.

Redacción15 de julio de 2026 · 8 min de lectura
Padre cubano organiza documentos de un plan familiar ante una posible detención de ICE

Vía Immigrant Legal Resource Center (ILRC)

Para una familia cubana con hijos menores en Estados Unidos, una detención de ICE puede llegar sin aviso, en la calle, camino al trabajo o durante una cita rutinaria con inmigración. En ese momento no hay tiempo para pensar quién recoge a los niños de la escuela ni quién firma por ellos si hace falta un médico.

El plan familiar ante una posible detención no es un trámite de última hora. Es un conjunto de documentos y decisiones que los padres dejan listos antes de que el problema aparezca, para que ningún menor quede sin un adulto autorizado a su cargo.

Esta guía reúne lo que hace falta preparar: quién cuida a los niños, qué papeles guardar en una carpeta, a quién llamar primero y cómo localizar a un familiar dentro del sistema de inmigración estadounidense si ocurre lo peor.

TL;DR: lo mínimo que debes dejar listo esta semana

Designa por escrito a un cuidador temporal para tus hijos, reúne en una carpeta los documentos de cada menor y del hogar, anota el número de extranjero (A-Number) de cada adulto y guarda los contactos de un abogado acreditado y de un contacto de emergencia. Ninguno de estos pasos exige tener papeles en regla, y explicarle el plan a los niños sin generar pánico reduce el miedo si algún día hace falta activarlo.

Qué pasa con los hijos cuando ICE detiene a un padre o a una madre

Cuando ICE arresta a un adulto que tiene hijos menores a su cargo, la agencia no asume de forma automática el cuidado de esos niños. Corresponde a la familia, no al gobierno, decidir de antemano quién se hace cargo.

Si no existe una autorización previa por escrito, un familiar sin ese papel puede tener problemas para recoger al niño en la escuela, autorizar tratamiento médico o inscribirlo en una nueva clase mientras dura el proceso.

Este tipo de situación no es aislada: puede repetirse mientras haya procesos migratorios cubanos pendientes de resolución, como ocurre con muchos casos I-220A todavía sin cerrar en el sistema de inmigración estadounidense.

Por qué el margen de tiempo es tan corto

Desde el 20 de enero de 2025, ICE y CBP operan bajo una orden ejecutiva de la Casa Blanca que amplió la prioridad de detención y remoción de inmigrantes. Esa misma semana, el Departamento de Seguridad Nacional eliminó las restricciones que antes limitaban las acciones migratorias en escuelas, iglesias y hospitales, según reportó AP.

El cambio no significa que cada escuela o clínica vaya a ver una detención, pero sí que la familia no puede asumir que esos lugares quedan al margen.

El tiempo entre un arresto y el traslado a un centro de detención puede ser de solo horas. En ese margen es cuando más falta hace que otro adulto sepa exactamente qué hacer con los niños.

En CubaFull seguimos de cerca cada cambio en las políticas migratorias que afectan a las familias cubanas. Suscribirse al boletín es la forma más rápida de enterarse antes de que el problema llegue a la puerta.

La Constitución protege a toda persona que esté en territorio de Estados Unidos, sin importar su estatus migratorio, según explica la ACLU en su guía de derechos de los inmigrantes. Eso incluye el derecho a no responder preguntas sobre su estatus migratorio y a no firmar documentos que no entienda.

El Immigrant Legal Resource Center distribuye gratis las llamadas tarjetas rojas, en español, con frases listas para ejercer esos derechos frente a un agente migratorio. No sustituyen a un abogado, pero sirven para que cualquier miembro de la familia, incluidos los hijos mayores, sepa qué decir.

Cómo localizar a un familiar detenido (y qué no muestra el sistema)

El gobierno de EE. UU. mantiene el Online Detainee Locator System de ICE, disponible las 24 horas y en varios idiomas, para que familiares y abogados puedan ubicar a una persona detenida por una violación migratoria.

Para buscar hace falta el número de extranjero (A-Number) de la persona, o su nombre completo junto con su fecha y país de nacimiento. Los datos deben coincidir de forma exacta con el registro del gobierno.

El sistema puede tardar en actualizarse o no mostrar todavía a alguien que lleva menos de 48 horas bajo custodia de CBP, según explicó el Houston Chronicle. Los menores de 18 años arrestados dentro de Estados Unidos tampoco aparecen en ese sistema, ni siquiera cuando están detenidos junto a un padre que sí figura. Tampoco muestra a quien todavía está en una cárcel del condado: en Florida, la mayoría de los arrestados por ICE o por policías locales bajo acuerdos 287(g) pasa primero por un jail local antes de ir a un centro federal, así que si la búsqueda no da resultados conviene llamar a la cárcel del condado, a la línea de información de detenidos de ICE (1-888-351-4024) o a CBP (866-347-2423). Es otra razón para tener el plan familiar armado antes de que la detención ocurra, no después.

Los pasos para armar el plan familiar

1. Nombrar por escrito quién cuida a los niños

Las leyes cambian según el estado, y ahí está la trampa: no existe un documento único que sirva en todo el país. La Autorización de Cuidador (Caregiver's Authorization Affidavit) es la vía de California: la firma el cuidador —no el padre—, no se presenta ante el tribunal, no exige notario y permite inscribir al niño en la escuela y autorizar atención médica relacionada con ella. Si el cuidador es familiar del menor, puede además decidir sobre atención médica fuera del ámbito escolar; si no lo es, su autoridad se limita a lo escolar. Su validez tiene además un límite de tiempo: debe renovarse cada año, y deja de valer si el niño ya no vive con esa persona.

En Florida, donde vive buena parte de la comunidad cubana, no existe ese documento. La vía estatal es la custodia temporal o concurrente por familia extendida (capítulo 751 de los estatutos), y es un proceso judicial: hay que presentar una petición en la corte de circuito con el consentimiento notariado de los padres. Da autoridad amplia —consentir atención médica y dental, incluida cirugía no urgente, obtener los expedientes del niño e inscribirlo en la escuela—, pero exige ir al tribunal y tramitarlo con tiempo. Fuera de esa vía, los padres pueden firmar un poder para el cuidado de un menor, aunque no todos los proveedores lo aceptan.

Algunos estados reconocen además la figura del "standby guardian" o tutor en espera, que se activa solo si el padre queda detenido o deportado. Abogados de inmigración en Connecticut, por ejemplo, recomiendan esa figura junto con un poder financiero limitado, según reportó CT Insider. No es un formulario nacional único: cada estado, y a veces cada condado, tiene su propio procedimiento, así que conviene confirmarlo con un abogado de inmigración o una clínica legal gratuita del área.

Un familiar en España u otro país puede ser un buen contacto de emergencia, para que se entere y ayude a coordinar desde fuera. Pero para recoger al niño en la escuela, autorizar un tratamiento médico o firmar en su nombre hace falta un adulto autorizado que viva en Estados Unidos: la distancia y las leyes estatales no permiten que ese papel lo cumpla alguien fuera del país.

2. Reunir los documentos de cada menor y del hogar en una sola carpeta

Acta de nacimiento, tarjeta de seguro social, pasaporte, historial de vacunas, información del seguro médico y los datos de contacto del pediatra y de la escuela de cada niño.

De los adultos: copia de pasaporte, recibos de USCIS o de la corte de inmigración, y el permiso de trabajo si lo tienen. La organización We Have Rights ofrece en español una guía gratuita para prepararse ante un encuentro con ICE y armar un plan de emergencia.

Documento

Quién debe tenerlo

Para qué sirve

Acta de nacimiento del menor

Cuidador designado

Inscribirlo en la escuela y en trámites médicos

Tarjeta de seguro social del menor

Cuidador designado

Trámites escolares y médicos

Pasaporte de cada niño y adulto

Cuidador y familia

Identificación y viajes de emergencia

Documento de cuidador de tu estado (afidávit, poder notarial u orden judicial, según el estado)

Cuidador designado

Autoridad legal temporal sobre el menor

Número de extranjero (A-Number) de cada adulto

Familia y abogado

Localizar a la persona en el sistema de ICE

Recibos de USCIS o de la corte de inmigración

Abogado

Dar seguimiento al caso migratorio

Contacto del abogado o clínica legal

Cuidador y familia

Pedir representación si ocurre una detención

Documentos que debe reunir cada familia en su carpeta de emergencia antes de una posible detención de ICE.

Esa carpeta debe quedar en manos del cuidador designado, no solo guardada por el padre o la madre.

3. Anotar los datos que permiten ubicar a un detenido

El número de extranjero (A-Number), la fecha de nacimiento y el país de nacimiento de cada adulto de la casa son los datos que exige el sistema de localización de ICE. El A-Number aparece en cualquier carta de USCIS, en la notificación de la corte de inmigración, en el permiso de trabajo o en la green card, y debe tener exactamente nueve dígitos: si el tuyo tiene menos, se le añaden ceros al inicio. Tenerlos escritos de antemano ahorra horas de angustia si ocurre una detención.

4. Guardar los contactos de un abogado y del consulado

El Departamento de Justicia mantiene una lista de abogados y organizaciones que ofrecen representación gratuita o de bajo costo en casos de inmigración, organizada por estado. Vale la pena localizar de antemano al menos uno cercano y guardar su teléfono en la carpeta.

Conviene evitar a los "notarios" o consultores sin licencia que ofrecen ayuda migratoria a bajo costo: en Estados Unidos, a diferencia de otros países, un notario no es abogado y no puede dar asesoría legal. Solo un abogado con licencia o un representante acreditado por el Departamento de Justicia puede hacerlo.

Toda persona detenida por autoridades de EE. UU. tiene la opción de pedir que se notifique a su consulado, que puede verificar su bienestar y ayudar a contactar a la familia, según explica el Departamento de Estado. Es una posibilidad que existe, no una obligación: Cuba no figura entre los 56 países cuya notificación consular es obligatoria, así que un cubano detenido decide si quiere que se avise a La Habana o no. Y conviene pensarlo dos veces: quien tenga un caso de asilo abierto o miedo al régimen no debería pedir esa notificación. El propio Departamento de Estado instruye a las autoridades a no revelar bajo ninguna circunstancia al gobierno de un detenido que este ha solicitado asilo.

5. Dejar acceso al dinero y a los contactos de emergencia

Una autorización bancaria de emergencia, un poder limitado para pagar la renta o las cuentas, y una lista de contactos (abogado, iglesia, comunidad) escrita en papel, no solo guardada en un teléfono que puede quedar confiscado.

6. Hablar con los niños sin generar pánico

Explicarles, según su edad, con quién se quedarían y que esa persona ya lo sabe reduce el miedo si el plan llega a activarse alguna vez.

7. Qué hacer en las primeras horas si ocurre

Si la detención llega a ocurrir, el orden importa: avisar al cuidador designado para que recoja o cuide a los niños, entregarle la carpeta con los documentos, buscar a la persona detenida en el localizador de ICE con su A-Number y llamar al abogado o clínica legal guardado de antemano. Ninguno de estos pasos depende de tener el caso migratorio resuelto.

Ningún documento evita una detención. Pero un plan familiar completo sí evita que, además de la detención, los hijos queden desprotegidos.

Preguntas frecuentes

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