A partir del 4 de septiembre de 2026, cualquier persona que venda algo en Cuba (una cerveza en un bar privado, una blusa en una mipyme o un servicio de reparación de celulares) tiene que pasar por un trámite que hasta ahora no existía de esta forma. El Registro Central Comercial se convierte en el filtro único para operar de forma legal en el comercio interior de la isla.
La obligación alcanza por igual a cuentapropistas, mipymes, cooperativas y entidades estatales que vendan bienes o presten servicios comerciales, gastronómicos, técnicos o de uso personal y doméstico. No importa el tamaño del negocio ni si ya tenía papeles antes: todos entran en el mismo registro.
Muchos de esos negocios sobreviven gracias a las remesas o a la inversión de un familiar en Miami o Madrid. Saber qué documentos pide el trámite, cuánto cuesta y qué plazo corre para cada caso es lo que decide si ese negocio se queda con la licencia o se queda fuera de la ley.
TL;DR: quién debe inscribirse y qué cambia con el nuevo registro
El Registro Central Comercial obliga a inscribirse a todo el que venda bienes o preste servicios comerciales en Cuba, del cuentapropista a la mipyme o la cooperativa. La nueva licencia exige documentos según el tipo de negocio, se paga en CUP o en USD según la moneda en que factures, y operar sin ella puede terminar en multa y clausura temporal.
El Registro Central Comercial, creado por el Decreto 168/2026, exige inscripción a todo cuentapropista, mipyme, cooperativa o entidad que venda bienes o preste servicios comerciales en Cuba.
Si tu negocio ya estaba registrado antes del 4 de septiembre de 2026, tienes hasta un año para adecuarte a los nuevos requisitos.
Si nunca te registraste y debías hacerlo, el plazo es de 60 días naturales, hasta el 3 de noviembre de 2026.
La inscripción o reinscripción cuesta 1.300 CUP o 500 USD, según la moneda en que factura el negocio.
El registro tiene hasta 10 días naturales para responder tu solicitud y emitir la licencia.
Operar sin la licencia correspondiente puede acarrear una multa de 100 a 200 cuotas y la clausura temporal del negocio.
Qué es el Registro Central Comercial y para qué sirve
El Registro Central Comercial es la base de datos pública donde el Ministerio de Comercio Interior (Mincin) inscribe a todo establecimiento o actividad comercial previamente autorizada en Cuba. Lo crea el Decreto 168/2026, publicado en la Gaceta Oficial No. 69 Ordinaria del 28 de agosto de 2026 y vigente desde el 4 de septiembre, siete días después de su publicación, según confirmó el propio Mincin en su canal oficial de Telegram.
Sin la inscripción, la norma no considera legítima la actividad comercial. No basta con tener la actividad aprobada en tu perfil de mipyme o de trabajador por cuenta propia: hace falta además el asiento en este registro.
Una licencia única por establecimiento
El decreto simplifica el sistema anterior, donde un mismo negocio necesitaba una autorización distinta por cada actividad que ejercía. Según explicó el registrador nacional Arley Raiman Friol a Granma, un establecimiento que realice varias actividades podrá contar con una sola licencia comercial que las integre.
Esa licencia se emite en formato digital y distingue dos modalidades según la moneda en la que opera el negocio: Licencia Comercial en Peso Cubano y Licencia Comercial en Divisa. Si el mismo establecimiento vende en las dos monedas, necesita las dos licencias, cada una con su propio trámite y tarifa.
Quiénes están obligados a inscribirse
Entran en el Registro las personas naturales y jurídicas cubanas o extranjeras autorizadas a ejercer comercio interior: trabajadores por cuenta propia, mipymes, cooperativas no agropecuarias, proyectos de desarrollo local, asociaciones y entidades estatales.
La inscripción aplica a quien realice comercio mayorista, comercio minorista, servicios gastronómicos de alimentación pública y social, servicios personales, servicios técnicos comerciales y de uso doméstico, o servicios de alojamiento de subordinación local. También quedan sujetas al registro las actividades que se ejercen en divisa, aunque el organismo que las autorizó originalmente sea otro.
Eso incluye a los negocios que venden a través de tiendas virtuales o toman pagos desde el exterior: si el establecimiento comercializa bienes o presta servicios en territorio nacional, la vía por la que llega el cliente no lo exime de inscribirse.
Qué documentos exige el Decreto 168/2026
El documento común a todos los solicitantes es la declaración responsable: certificas, bajo tu propia responsabilidad, que cumples los requisitos técnicos para ejercer la actividad que declaras. El Registro puede comprobarlo hasta 60 días naturales después de emitida la licencia, y si detecta un incumplimiento, la revoca.
Además de la declaración responsable, cada tipo de solicitante aporta un documento distinto:
Trabajadores por cuenta propia: la autorización individual para ejercer la actividad.
Mipymes y cooperativas no agropecuarias: la certificación de constitución y personalidad jurídica emitida por su registro correspondiente y, cuando la norma lo exija, la aprobación del Consejo de la Administración Municipal.
Proyectos de desarrollo local: el acuerdo de aprobación del proyecto.
Asociaciones: la certificación del Registro de Asociaciones y el autorizo del órgano de relaciones que corresponda.
En todos los casos, la actividad comercial debe figurar aprobada en el objeto social o como actividad secundaria del solicitante. Si el negocio opera en divisa, se suma un contrato con una entidad del sistema bancario cubano, o una cuenta autorizada para recibir ingresos en divisa, y un canal de pago electrónico vinculado a esa cuenta.
Tipo de solicitante | Documento clave que aporta |
|---|---|
Trabajador por cuenta propia | Autorización individual para ejercer la actividad |
Mipyme o cooperativa no agropecuaria | Certificación de constitución y personalidad jurídica |
Proyecto de desarrollo local | Acuerdo de aprobación del proyecto |
Asociación | Certificación del Registro de Asociaciones y autorizo del órgano de relaciones |
Negocio que opera en divisa | Contrato o cuenta bancaria autorizada y canal de pago electrónico |
Documento principal que exige el Decreto 168/2026 según el tipo de solicitante. Todos aportan además la declaración responsable.
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Cómo inscribirte en el Registro Central Comercial: paso a paso
Antes de empezar, confirma que la actividad ya figure aprobada en tu objeto social, tu autorización individual o como actividad secundaria: el Registro no sustituye esa aprobación previa, se suma a ella.
Confirma si tu actividad exige inscripción: cualquier venta al por mayor o al detalle, gastronomía, servicios personales, técnicos o de uso doméstico entra en el decreto.
Reúne el documento que acredita tu actividad aprobada: autorización individual si eres cuentapropista, certificación de constitución si eres mipyme o cooperativa, o el acuerdo de aprobación si eres un proyecto de desarrollo local.
Redacta y firma la declaración responsable, donde certificas que cumples los requisitos técnicos de tu actividad.
Si facturas en divisa, gestiona antes el contrato bancario o la cuenta autorizada y el canal de pago electrónico. Sin eso, el expediente no se completa.
Presenta la solicitud por la vía digital habilitada por el Mincin (de forma excepcional, puede hacerse presencial). Si eres trabajador por cuenta propia, el trámite arranca en la oficina de Trámites y Empleo de tu Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social, que lo traslada a la oficina registral territorial.
Paga la tarifa que corresponde a tu modalidad, en pesos cubanos o en divisa según factures.
Espera la resolución: el Registro dispone de hasta 10 días naturales para emitir la licencia.
Imprime la licencia digital, exhíbela al público en tu establecimiento y guárdala junto al resto de la documentación del negocio. El Registro puede verificar tu declaración responsable hasta 60 días después: conserva las pruebas de que cumples los requisitos técnicos.
Plazos: cuánto tiempo tienes según tu situación
Aquí está el dato que decide si un negocio se queda con la licencia o no. Los establecimientos que ya estaban inscritos antes del 4 de septiembre de 2026 tienen hasta un año para adecuarse a los nuevos requisitos formales y técnicos del decreto.
Los que deberían haberse registrado y todavía no lo han hecho corren con un calendario mucho más corto: 60 días desde la entrada en vigor, es decir, hasta el 3 de noviembre de 2026.

Los plazos clave del Decreto 168/2026 para inscribirse en el Registro Central Comercial.
Cuánto cuesta la licencia comercial: tarifas en CUP y en USD
Cada negocio paga en la moneda en la que factura: quien opera en pesos cubanos abona la tarifa en CUP, y quien opera en divisa, en USD. Las Resoluciones 25/2026 y 195/2026, publicadas junto al decreto en la Gaceta Oficial No. 69, fijan tarifas distintas para cada trámite y moneda.
Trámite | En pesos cubanos (CUP) | En divisa (USD) |
|---|---|---|
Asiento de entrada (radicación del expediente) | 200 CUP | 70 USD |
Inscripción o reinscripción | 1.300 CUP | 500 USD |
Actualización de datos | 600 CUP | 370 USD |
Duplicado de la licencia | 1.000 CUP | 450 USD |
Documento o licencia temporal | 1.200 CUP | 200 USD |
Certificaciones del registro | 700 CUP | 260 USD |
Tarifas del Registro Central Comercial según las Resoluciones 25/2026 y 195/2026, publicadas en la Gaceta Oficial No. 69 del 28 de agosto de 2026.
Licencias temporales para ferias y ventas puntuales
El decreto contempla también un documento o licencia temporal, pensado para quien vende en una feria, un evento o una actividad puntual sin abrir un establecimiento permanente. Su tarifa es distinta a la de la licencia regular: 1.200 CUP o 200 USD, frente a los 1.300 CUP o 500 USD de una inscripción completa.
Qué vigencia tiene la licencia y cuándo actualizarla
La licencia comercial tiene una vigencia de hasta tres años, y hay que renovarla antes de que caduque para no quedar operando sin cobertura legal.
Una vez emitida, la licencia digital debe imprimirse, exhibirse al público en el establecimiento y conservarse junto al resto de la documentación del negocio.
Cualquier cambio en los datos inscritos (domicilio, actividad o modalidad) obliga a solicitar la actualización correspondiente, con su propia tarifa. Operar fuera de la actividad autorizada o en una moneda que no corresponde a tu licencia cuenta como incumplimiento y puede derivar en la suspensión o revocación del asiento.
Qué pasa si operas sin inscribirte o sin la licencia correcta
Ejercer una actividad comercial sin la licencia correspondiente se sanciona con multa de 100 a 200 cuotas y la clausura temporal del negocio hasta que se obtiene la licencia, según el régimen de contravenciones que actualiza el Decreto 167/2026, enmarcado en la Ley 177/2025 sobre contravenciones y sanciones administrativas.
El incumplimiento reiterado de las obligaciones del Registro (no actualizar los datos, operar con una licencia que no corresponde a tu actividad o incumplir la declaración responsable) puede derivar además en la suspensión temporal o la revocación de la licencia comercial ya emitida.
Checklist antes de iniciar el trámite
Confirmar que tu actividad está entre las que exige el Registro Central Comercial.
Tener listo el documento de tu actividad aprobada (autorización individual, certificación de constitución o acuerdo de proyecto, según tu caso).
Redactar la declaración responsable de requisitos técnicos.
Si operas en divisa, tener resuelto el contrato bancario y el canal de pago electrónico antes de solicitar.
Saber cuál es tu plazo: un año si ya estabas registrado, 60 días (hasta el 3 de noviembre de 2026) si no lo estabas.
Tener el monto exacto de la tarifa, en CUP o en USD según tu modalidad.




