El Departamento de Justicia de Estados Unidos marcó un hito inédito en su ofensiva contra la ciudadanía obtenida por naturalización. En apenas dos semanas, entre el 20 de julio y el 3 de agosto de 2026, sus fiscales presentaron 25 demandas civiles de desnaturalización, la cifra más alta jamás registrada para ese periodo.
La lista de acusados incluye a personas señaladas por intento de asesinato en primer grado, agresión con arma mortal, agresión agravada y abuso sexual de menores. Son casos extremos, pero el ritmo con el que se multiplican ya preocupa a abogados de inmigración y a la comunidad de naturalizados, entre ellos miles de cubanos que llegaron a la ciudadanía estadounidense tras años de trámite.
La pregunta que más se repite no es solo cuántos casos hay, sino qué hace falta en la práctica para que un juez federal le quite a alguien el pasaporte azul que ya tenía en la mano.
Un récord que se suma a otro récord
Las 25 demandas presentadas entre el 20 de julio y el 3 de agosto se suman a un total de 123 demandas civiles de desnaturalización presentadas desde el 20 de enero de 2025, según confirmó el Departamento de Justicia. Es, en palabras de la propia agencia, la mayor oleada de este tipo registrada en la historia del país.
La escalada se ve mejor en el calendario reciente. El 12 de junio de 2026 el Departamento de Justicia anunció 17 demandas contra naturalizados acusados de delitos sexuales, fraude y narcotráfico. El 20 de julio sumó otras 10 demandas, presentadas en tribunales federales de Florida, Georgia, Iowa, Maryland, Pensilvania, Texas, Utah y Washington. Y entre esa fecha y el 3 de agosto llegaron las 25 más recientes.
"Hoy marca el mayor repunte de desnaturalizaciones registrado", declaró Brett Shumate, fiscal general asistente de la División Civil del Departamento de Justicia, quien añadió que "cada uno de estos individuos cometió delitos incompatibles con la ciudadanía estadounidense".
El fiscal general en funciones Todd Blanche agregó que "la ciudadanía estadounidense es uno de los privilegios más altos de nuestra nación, y debe obtenerse de forma legal y honesta".
¿En qué casos puede perderse la ciudadanía por naturalización?
La base legal es la Ley de Inmigración y Nacionalidad, recogida en el 8 U.S.C. § 1451(a). Permite revocar la naturalización por dos vías: que se haya "procurado ilegalmente" (la persona no cumplía en realidad los requisitos cuando se naturalizó) o que se haya obtenido "por ocultación de un hecho material o falsedad deliberada" durante el trámite.
No basta cualquier mentira. La ocultación tiene que ser material, es decir, que de haberse conocido en su momento hubiera cambiado la decisión del examinador de inmigración. Uno de los requisitos que se evalúa en ese momento es la "buena conducta moral", exigida por 8 U.S.C. § 1427 durante los años de residencia previos al trámite; la ley permite además valorar conducta anterior a ese periodo si es relevante.
Un ejemplo real de este segundo supuesto conecta directamente con Cuba. El exembajador estadounidense Victor Manuel Rocha admitió en un proceso penal que espiaba para La Habana desde 1973, cinco años antes de naturalizarse en 1978. Según la demanda que el Departamento de Justicia presentó contra él en mayo de 2026, Rocha declaró falsamente en su trámite que no apoyaba el comunismo ni estaba ligado a los principios de la Constitución estadounidense.
El caso cubano del paquete de julio: fraude a Medicare
Entre las 10 demandas del 20 de julio figura el caso de Yoskmaikel Rodríguez Pérez, de 45 años y natural de Cuba. Obtuvo la residencia permanente en 2004 y se naturalizó en 2018. Según el Departamento de Justicia, antes de naturalizarse operaba una supuesta clínica médica desde la que presentó reclamaciones falsas a Medicare por más de 886.694 dólares, un hecho que ocultó durante el trámite y sobre el que, según la demanda, dio falso testimonio bajo juramento ante un funcionario de USCIS.
Rodríguez Pérez se declaró culpable y fue condenado por conspiración para cometer fraude de salud y fraude electrónico. Esa condena penal no le quitó la ciudadanía por sí sola: el 18 de junio de 2026 el Gobierno presentó, aparte, una demanda civil de cuatro cargos en el Distrito Sur de Florida, alegando que procuró ilegalmente su naturalización porque carecía de la buena conducta moral exigida por la ley, dado el delito de vileza moral, los actos ilícitos y el falso testimonio de aquel momento.
Cómo transcurre el proceso judicial
Es un pleito civil, no un juicio penal. Lo presenta la División Civil del Departamento de Justicia ante un tribunal federal de distrito. No hay jurado, no hay plazo de prescripción, y la persona demandada tiene derecho a 60 días de notificación personal para responder, según 8 U.S.C. § 1451(b), salvo que renuncie a ese plazo. A diferencia de lo que ocurre en lo penal, tampoco tiene derecho a un abogado de oficio pagado por el Estado.
El Gobierno tiene que probar su caso con un estándar más alto que el habitual en lo civil: evidencia clara, inequívoca y convincente que no deje la cuestión en duda, el criterio que fijó la Corte Suprema en el caso Maisenberg v. United States de 1958 y que sigue vigente hoy.
Si el tribunal falla a favor del Gobierno, revoca la naturalización desde su fecha original y cancela el certificado. La persona vuelve al estatus migratorio que tenía antes de naturalizarse, lo que puede abrirle la puerta a un proceso de deportación aparte, con sus propias reglas y plazos.
Por qué una acusación penal no cancela la ciudadanía por sí sola
Cometer un delito después de haberse naturalizado no es, por sí mismo, motivo de desnaturalización. La vía civil que usa hoy el Departamento de Justicia exige demostrar que la persona mintió u ocultó algo relevante en el momento de tramitar su ciudadanía, no que delinquiera después. Una detención o una acusación penal reciente, aislada, no basta: hace falta un pleito civil aparte, con su propio estándar de prueba, para que un juez ordene la revocación.
La Corte Suprema reforzó ese límite en Maslenjak v. United States, fallado en 2017: una falsedad no basta por sí sola para retirar la ciudadanía si el Gobierno no prueba que esa ilegalidad tuvo una conexión material y causal con la obtención de la naturalización.
Existe, eso sí, una vía distinta y más directa: 18 U.S.C. § 1425 castiga penalmente procurar la naturalización de forma contraria a la ley, y una condena bajo ese artículo específico sí obliga al tribunal, de forma casi automática, a declarar nula la naturalización, según 8 U.S.C. § 1451(e). Es la excepción, no la regla: la inmensa mayoría de los casos, incluidos los 25 de este paquete, se tramitan por la vía civil ordinaria, no por esa condena penal específica.
Tres escenarios que conviene no confundir
La clave está en separar tres situaciones que suelen mezclarse: una acusación penal, una demanda civil de desnaturalización y una condena bajo el artículo penal específico. Solo la última puede activar la pérdida de la ciudadanía de forma casi automática; las otras dos no.
Situación | ¿Retira la ciudadanía de forma automática? | Qué tiene que ocurrir |
|---|---|---|
Acusación o condena penal común | No | Debe existir, aparte, una base legal de desnaturalización: mentira u ocultación relevante durante el trámite |
Demanda civil de desnaturalización | No de inmediato | El Gobierno debe probar ante un juez que la naturalización se obtuvo ilegalmente, con ocultación material o falsedad deliberada |
Condena bajo 18 U.S.C. § 1425 | Puede activar la revocación | El tribunal debe declarar nula la naturalización, según 8 U.S.C. § 1451(e) |
Tres situaciones que suelen confundirse y qué hace falta en cada una para perder la ciudadanía por naturalización.
Análisis: una herramienta con potencial mucho más amplio
A nuestro juicio, el salto de menos de una demanda al mes (el promedio histórico según el Transactional Records Access Clearinghouse (TRAC) de la Universidad de Syracuse) a 123 casos en año y medio no es solo un dato de gestión judicial. Es la señal de que el Departamento de Justicia convirtió la desnaturalización en una herramienta activa de política migratoria, y no en el recurso excepcional que fue durante décadas.
El propio TRAC documenta el ritmo del cambio: bajo la administración anterior el promedio no llegaba a 4 demandas por año, en 2025 se presentaron 8 en total y solo entre mayo y junio de 2026 se sumaron 33 casos, con datos hasta el 12 de junio de ese año.
Entre los 25 expedientes del paquete de agosto figura al menos un cubano: Jairo Javier Pedrón Téllez, de 29 años, cuya demanda se presentó el 31 de julio en el Distrito Sur de Florida por ocultar en su naturalización una conspiración de fraude bancario y robo de identidad previa a naturalizarse. Su caso, junto al de Rodríguez Pérez en el lote de julio, muestra el patrón con el que los cubanos sí pueden verse afectados: una condena penal previa no dispara la revocación por sí sola, pero sí puede reabrir la pregunta de si hubo buena conducta moral o falso testimonio en el momento exacto del trámite. Entender esa diferencia, más allá del titular, es lo que separa una alarma justificada de un temor sin fundamento.
Quien quiera seguir de cerca cada nuevo paquete de demandas y lo que implica para los naturalizados cubanos puede suscribirse al boletín de CubaFull, donde resumimos estos cambios legales sin tecnicismos.




